A pesar de la situación que actualmente vivimos como consecuencia de estado de alarma por el COVID-19, en cuarentena y confinados en nuestros domicilios, hoy comienza la campaña de renta.
Cierto es que desde el pasado 16 de marzo, las oficinas de la Agencia Tributaria están temporalmente cerradas, lo que no implica la interrupción del plazo para presentar la declaración.
El plazo para presentar la declaración de la renta ejercicio 2019 comienza el 1 de abril y finaliza el 30 de junio (25 de junio para aquellas declaraciones a ingresar con domiciliación).
Para obtener el número de referencia, este año debemos revisar la casilla 505 de la declaración del año pasado. Si no has presentado declaración el año pasado tan solo necesitarás los cinco últimos dígitos del código IBAN de una cuenta corriente de la que seas titular.
Vamos a lo importante.
Habida cuenta de las circunstancias actuales, miles de contribuyentes van a confirmar el borrador dado que han visto mermada su capacidad económica, pero ¿qué consecuencias existen si confirmo el borrador?
Lo principal que debes saber es que, el hecho de confirmar el borrador no te exime de responsabilidad, por lo que, si existen errores en el mismo o datos inexactos, te podrían sancionar.
Según la Administración, técnicamente, el borrador no contiene errores. Lo que ocurre es que como se elabora con información obtenida de terceros, puede que haya datos que no estén incluidos por no haber sido puestos en conocimiento de la Agencia Tributaria. En líneas generales, esto puede suponer para el contribuyente una pérdida de dinero.
Los errores u omisiones más frecuentes al confirmar el borrador de la renta son los siguientes:
- ¿Existe obligación de declarar? Debes asesorarte sobre si existe obligación o no de presentar la renta. No es la primera vez que paga un contribuyente que NO tiene la obligación de presentar la declaración.
- Revisa la información personal. Nacimiento y adopciones, Traslado del domicilio, haber sido padres o habernos casado, separaciones o divorcios, sufrir una minusvalía por cualquiera de la unidad familiar (o aumento de la minusvalía ya declarada), fallecimiento de algún integrante de la familia, en general, cambios en nuestras situaciones personales. Es muy importante fijarse en esto, toda vez que existen interesantes deducciones a aplicar que, de por sí, no se aplican directamente en el borrador.
- Revisar todo lo relacionado a la titularidad y cotitularidad de los inmuebles puesto que puede haber fallos (Errores en las referencias catastrales de inmuebles y garajes). Esto también ocurre en los divorcios, herencias y donaciones.
- Revisar las cantidades aportadas a los planes de pensiones. En algunos casos, no aparece ninguna cantidad.
- Desgravaciones por cuotas sindicales o colegios profesionales o incluso donaciones a organizaciones sin ánimo de lucro, que tampoco suelen aparecer en el borrador de la declaración de la renta.
- Omisión o errores en Ganancias Patrimoniales.
- Omisión de datos relacionados con la vivienda habitual gravada con préstamo hipotecario. Gastos de seguro de hogar y vivienda asociados a la hipoteca. Estos importes nunca aparecen, por lo que el contribuyente debe consignarlos.
- Deducciones autonómicas. Gastos de estudios, traslado de residencia habitual por trabajo, gastos de guardería, obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual, obras para adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad, gastos de enfermedad, etc, son algunas de las deducciones que no aparecen en el borrador de forma automática, sino que será el propio contribuyente quien deberá agregarlas manualmente.
- Las pensiones compensatorias en divorcios y manutención de hijos son deducibles por el cónyuge separado, y no suelen aparecer.
- Gastos por trabajar desde casa. Los autónomos que trabajen en casa podrán deducirse una parte de los gastos de luz, agua, teléfono e internet.
- Deducción por maternidad.
Como siempre te animamos a que te asesores de manera conveniente antes de confirmar el borrador a efectos de no llevarte ninguna sorpresa, recordándote que para cualquier consulta estaremos encantados de ayudarte.
Fuente: Renta 2019. Consecuencias de confirmar el borrador de la renta.